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Por: Vilmar Trinta Negrón | Entrevista a: Lillybeth Rivera García
La telemedicina ha emergido como una herramienta esencial para mejorar el acceso a la atención médica, especialmente en un contexto donde la distancia y la falta de acceso a servicios de salud tradicionales representan barreras significativas. Aunque en Puerto Rico, la telesalud ha ganado protagonismo en los últimos años, convirtiéndose en una modalidad innovadora para los proveedores de salud, todavía existe la necesidad de ampliar los servicios.
- Un nuevo estudio sobre la adopción de tecnología informática de salud, preparado por la Oficina de Medicaid y realizado por Bridgewater Group reveló que solo el 37% de los médicos en la isla forma parte de organizaciones que ofrecen servicios de telesalud y apenas un 3.7% de los que no la proveen tienen planes de implementarla en los próximos doce meses. Ciertamente, muchas prácticas médicas privadas y hospitales continúan enfrentando retos relacionados con los costos y la infraestructura tecnológica, limitando la expansión de herramientas como la telesalud.
- La Telemedicina y Telesalud en Puerto Rico tiene su base legal en la Ley Núm. 168 de 1 de agosto de 2018, según enmendada, conocida como la “Ley para el Uso de la Telemedicina en Puerto Rico". Todo profesional de la salud que desee ofrecer sus servicios a través de Telesalud y Telemedicina, deberá obtener una certificación de la Oficina de Reglamentación y Certificación de Profesionales de la Salud (ORCPS) y la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica (JLDM) del Departamento de Salud.
Según el Departamento de Salud, la telemedicina ha demostrado tener un gran impacto en la salud, facilitando servicios de atención médica y promoviendo la capacitación continua de los profesionales de la salud. Algunos de los beneficios que menciona la agencia en su página web son: protege a proveedores y pacientes, reduce costos, aumenta el acceso a cuidado médico, reduce tiempo de espera de pacientes, provee datos para la toma de decisiones y aumenta la eficiencia y mejora los resultados.
- Con las nuevas tendencias, la facturación, y las normativas de Medicare, los proveedores deben adaptarse a una serie de desafíos y oportunidades que podrían transformar el panorama de la atención médica en la isla.
Entre las nuevas tendencias está la expansión de especialidades en línea. Hoy día, las consultas de telemedicina no se limitan únicamente a la atención primaria, si no que hay especialistas diversas áreas, como psiquiatría, dermatología, cardiología y endocrinología que ofrecen servicios a través de plataformas digitales. Asimismo, la telemedicina se está integrando cada vez más con dispositivos portátiles, como monitores de presión arterial, glucómetros y dispositivos de electrocardiogramas (ECG), lo que permite a los médicos obtener datos en tiempo real sobre el estado de salud del paciente. Esto facilita un diagnóstico más preciso y el monitoreo continuo de condiciones crónicas. Las plataformas de telemedicina están evolucionando hacia soluciones más interactivas, donde los pacientes pueden tener consultas más cercanas a las interacciones presenciales. Estas plataformas no solo permiten videoconferencias, sino también el envío de imágenes, pruebas y otros documentos relevantes para la atención.
De otra parte, Medicare ha introducido cambios importantes en cuanto a la cobertura de servicios de telemedicina en los últimos años, y Puerto Rico no es una excepción.
Según Lillybeth Rivera García, Coding and Premium Management Director en Provider Network Solutions, el 1 de noviembre de 2024, los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS, por sus siglas en inlgés) publicaron la Regla Final del Programa de Tarifas para Médicos de Medicare 2025 (MPFS, por sus siglas en inglés). El MPFS finalizó las reglas para telemedicina que comenzaron el 1 de enero de 2025.
“Es importante tener en cuenta que el MPFS se aplica a las Partes A y B de Medicare. Las diferencias para la Parte C, Medicare Advantage, se destacarán según corresponda. CMS reconoció la decisión del Panel Editorial de la Terminología de Procedimientos Médicos Actuales (CPT®) de eliminar los códigos CPT® 99441-99443 para servicios telefónicos únicamente por audio en 2025. Sin embargo, Medicare no reconocerá 16 de los 17 códigos CPT® de telemedicina (98000-98016) añadidos para 2025. Los códigos CPT® 98000-98015 tendrán un estado inválido”, explicó Rivera García.
Añadió que Medicare solo pagará de manera separada por el código CPT® 98016, utilizado para encuentros virtuales breves, en lugar del código G2012 del Sistema de Codificación Común de Procedimientos de Atención Médica (HCPCS) Nivel II, que CMS eliminará debido a redundancia.
Por otra parte, durante la emergencia de salud pública por COVID-19, se flexibilizaron las restricciones, permitiendo que los beneficiarios recibieran servicios de telesalud desde su hogar. Sin embargo, a partir del 1 de abril de 2025, Medicare exigirá que la mayoría de los servicios de telesalud se realicen en consultorios o centros médicos ubicados en áreas rurales, según información publicada en madicare.gov. No obstante, ciertos servicios, como visitas mensuales para diálisis domiciliaria y atención de emergencias relacionadas con accidentes cerebrovasculares, seguirán estando disponibles sin importar la ubicación del paciente.
La ley que regula la telemedicina en Puerto Rico establece que las consultas realizadas bajo estas modalidades pueden ser consideradas para reembolso por Medicare, Medicaid y otros planes médicos, siempre que se cumplan las definiciones y criterios establecidos por los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid.
Además, los planes Medicare Advantage en Puerto Rico pueden ofrecer beneficios adicionales de telesalud que no están disponibles en Medicare Original.
- Rivera García enfatizó a los médicos que la mayoría de los planes Medicare Advantage han decidido reportar la telemedicina en los siguientes escenarios:
- Solo llamadas: Se debe utilizar la evaluación y manejo correspondiente (códigos CPT® 99202-99205 para visita inicial o 99212-99215 para visita de seguimiento) junto con el modificador 93, el cual indica que es una llamada únicamente.
- Audio-llamadas: Se debe utilizar la evaluación y manejo correspondiente (códigos CPT® 99202-99205 para visita inicial o 99212-99215 para visita de seguimiento) junto con el modificador 95, que indica una llamada con audio.
“Para los médicos de Medicare Advantage, estos códigos son de gran importancia, ya que las llamadas individuales permiten documentar eficazmente las visitas luego de altas hospitalaria, al igual que a las visitas de seguimiento a consultas realizadas en salas de emergencia, impactando positivamente las medidas HEDIS. Asimismo, las audio-llamadas desempeñan un papel clave al influir directamente en el modelo de factor de riesgo, contribuyendo al cumplimiento de estándares y objetivos estratégicos en la gestión de la atención médica”, puntualizó la directora.
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